Por Abraham Cortez Bernal

Este 21 de Enero se celebró el Día Europeo de la Mediación, en conmemoración a la Recomendación del Consejo de Europa R (98)1 de 1998, sobre mediación familiar; que es tan solo uno de los llamados Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, a los que se suele conocer también como Justicia Alternativa.

Así como para la salud existe la “medicina alternativa” (naturista, homeopática, biomagnética, etc.) que se distingue de los remedios farmacéuticos tradicionales; así también para la justicia existen “remedios alternativos” (como la mediación, conciliación, negociación o procesos restaurativos) que son muy diferentes a los juicios tradicionales ante Juez, fiscales, defensores, etcétera. Tanto en Medicina como en Derecho, hay profesionistas escépticos, no obstante los Mecanismos Alternativos son ya constitucionalmente oficiales en México desde el año 2008, y vigentes en todo el territorio desde el año 2016.

Dichos mecanismos son voluntarios, y consisten básicamente en que cuando hay un conflicto; un tercero ajeno llamado Facilitador, propiciará el diálogo entre las partes involucradas, como víctima, ofensor, o terceros, con el objetivo de resolver el problema de fondo a través de un acuerdo reparatorio, que puede incluir tanto lo material, como lo emocional.

Por su parte la Política Criminal, no crean que es, como afirmaba un alumno, “una candidata que comete crímenes”; sino el conjunto de acciones gubernamentales relacionadas con el tratamiento de la criminalidad. Su ámbito de aplicación es bastante amplio pues abarca desde programas de prevención en escuelas, hasta la prohibición de nuevos delitos.

Pues bien, la Justicia Alternativa cumple también una función Político-Criminal. Hay una Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal que permite su aplicación en delitos menores, como patrimoniales sin violencia, imprudentes, o los llamados de querella. Y aunque el objetivo es solucionar la controversia; cumple también la función político-criminal de prevenir delitos. No solo porque despresuriza la carga administrativa de las autoridades para que se puedan enfocar en casos graves, sino porque a través del minucioso desarrollo de un proceso alternativo, guiado por un profesional, las partes pueden conocer a fondo las motivaciones de la contraparte, obtener plena consciencia del daño causado, así como la libre y espontánea voluntad de repararlo. Suele también lograr el arrepentimiento efectivo de los ofensores y en muchas ocasiones frena desde temprano la posibilidad de que el conflicto crezca como bola de nieve. Un leve pleito vecinal bien puede concluir en homicidio, pero con un diálogo temprano y bien conducido, es posible que las partes se den cuenta de que sólo se trataba de un mal entendido.

Sin duda, ningún mecanismo, tradicional ni alternativo, es la panacea que todo lo cura; pero bien vale la pena echar un vistazo tanto a los costos, como a los porcentajes de efectividad entre unas y otras; generar una mayor difusión de la Justicia Alternativa, y abandonar de una vez la creencia de que la cárcel tiene poderes mágicos para prevenir delitos. Cierto es que para el delincuente más peligroso no hay remedio distinto al aislamiento; pero en delitos menores ¿Será mejor enfocarnos en la solución, o en el reproche?

Ver columna en periódico El Mexicano del 23 de enero de 2018

Ver artículo Función de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia Penal

 

2 thoughts on “Justicia Alternativa y Política Criminal

  1. Gracias por la información. Gran aporte de esta web. Reciba un cordial saludo!

    1. ¡Muchas gracias Esmeralda! Esperamos sea de utilidad. Saludos cordiales.

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