{"id":545,"date":"2018-06-06T11:20:48","date_gmt":"2018-06-06T11:20:48","guid":{"rendered":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/?p=545"},"modified":"2018-06-06T21:12:22","modified_gmt":"2018-06-06T21:12:22","slug":"la-confusion-del-rescate-delito-secuestro","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/la-confusion-del-rescate-delito-secuestro\/","title":{"rendered":"La confusi\u00f3n del \u201crescate\u201d en el delito de secuestro"},"content":{"rendered":"<p>Es com\u00fan escuchar entre quienes ejercen y entre quienes aplican el Derecho, que para configurarse el delito de secuestro es indispensable acreditar que se haya solicitado un rescate, o mejor dicho, dinero a cambio de la libertad de alguien. Que si no se alcanz\u00f3 a pedir el rescate, s\u00f3lo habr\u00eda tentativa, o privaci\u00f3n de libertad simple, pero no un secuestro. Tales afirmaciones son err\u00f3neas, veamos por qu\u00e9.<\/p>\n<p>La confusi\u00f3n se origina de una mala lectura del <a href=\"http:\/\/www.congresobc.gob.mx\/Parlamentarias\/TomosPDF\/Leyes\/TOMO_V\/Codpenal_07NOV2016.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">C\u00f3digo Penal de Baja California<\/a>, que similar a otros estados y a <a href=\"http:\/\/www.diputados.gob.mx\/LeyesBiblio\/pdf\/LGPSDMS_190118.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">ley federal<\/a>, prev\u00e9: \u201c<em>Art. 164. Al que prive de la libertad a otro, se le aplicar\u00e1 prisi\u00f3n de veinte a cuarenta a\u00f1os y multa de cien a quinientos d\u00edas, si el hecho se realiza <strong>con el prop\u00f3sito de<\/strong>: <\/em><br \/>\n<em>I. Obtener un rescate;<\/em><br \/>\n<em> II. Que la autoridad o particulares realicen o dejen de hacer un acto de cualquier \u00edndole; <\/em><br \/>\n<em>III. Causar da\u00f1o o perjuicio al secuestrado o a persona distinta relacionada con \u00e9l.<\/em>\u201d<\/p>\n<p>En principio, cabe aclarar que todos los tipos de delito, incluido el secuestro, tienen un aspecto externo denominado \u201cobjetivo\u201d, que consiste en la exteriorizaci\u00f3n de la conducta prohibida, as\u00ed como en la materializaci\u00f3n del resultado cuando la ley as\u00ed lo describe. Ambas se pueden verificar por los sentidos, como la vista o el o\u00eddo, y por ejemplo testificar: \u201cvi que se lo llevaron\u201d o \u201cescuch\u00e9 disparos\u201d, lo que podr\u00eda ser incluso videograbado para demostrarlo en un juicio.<\/p>\n<p>Pero tambi\u00e9n todos los tipos de delito, cuentan con un aspecto interno, llamado \u201csubjetivo\u201d, el cual no se puede ver, tocar, oler ni registrar en video, porque se encuentra en la mente del autor. Est\u00e1 s\u00f3lo en su pensamiento. Este aspecto de todos los delitos lo constituye el dolo, o intenci\u00f3n con conocimiento. En pocos delitos puede ser la imprudencia o culpa; y en algunos otros se describen elementos subjetivos especiales, como precisamente se hace en el delito de secuestro, de los cuales uno de ellos es \u201cel prop\u00f3sito de obtener un rescate\u201d.<\/p>\n<p>Si observamos bien, para que exista un secuestro, el legislador nunca ha considerado indispensable que se pida un rescate. Basta con que en la mente del autor, en lo m\u00e1s \u00edntimo de su pensamiento, tenga el prop\u00f3sito de hacerlo, aunque no lo haga.<\/p>\n<p>Hace un par de a\u00f1os le\u00ed con frustraci\u00f3n una revocaci\u00f3n de sentencia de secuestro, por una Sala del Tribunal Superior de Justicia, bajo el siguiente criterio que copio literal: \u201c<em>..a\u00fan cuando el actuar del quejoso es constitutivo de delito, no lo es respecto del secuestro, por no haberse acreditado cual es el prop\u00f3sito que persigue a esa privaci\u00f3n, ya que en primer t\u00e9rmino el ofendido se\u00f1ala que mediante violencia fue privado de su libertad, pero en ning\u00fan momento se\u00f1al\u00f3 con qu\u00e9 finalidad le privaron de su libertad, por lo anterior es que su declaraci\u00f3n, a criterio de quien hoy resuelve, carece de valor probatorio..<\/em>\u201d \u201c<em>por ende se decreta su inmediata y absoluta libertad\u2026<\/em>\u201d Tan obsceno contrasentido y tan temerario desprop\u00f3sito, implica exigir al pobre secuestrado que pregunte a sus\u00a0captores, cu\u00e1les son sus intenciones, y que por favor sean sinceros al decirle si van a solicitar o no rescate, para en su momento satisfacer los cuestionamientos de una sala de magistrados; lo que carece de toda racionalidad.<\/p>\n<figure id=\"attachment_547\" aria-describedby=\"caption-attachment-547\" style=\"width: 535px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-547\" src=\"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/34581708_10155517864480841_6993309619590266880_n-800x500.jpg\" alt=\"\" width=\"535\" height=\"334\" srcset=\"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/34581708_10155517864480841_6993309619590266880_n-800x500.jpg 800w, http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/34581708_10155517864480841_6993309619590266880_n-250x156.jpg 250w, http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/34581708_10155517864480841_6993309619590266880_n-768x480.jpg 768w, http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/34581708_10155517864480841_6993309619590266880_n.jpg 1024w\" sizes=\"auto, (max-width: 535px) 100vw, 535px\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-547\" class=\"wp-caption-text\">Fragmento de revocaci\u00f3n de sentencia de secuestro, por un Tribunal Superior de Justicia, en donde la irracionalidad se explica sola.<\/figcaption><\/figure>\n<p>Por supuesto la v\u00edctima no podr\u00e1 ver, oler, tocar ni escuchar el \u201cprop\u00f3sito de pedir un rescate\u201d, ni tampoco dar testimonio de ello, porque este es un elemento subjetivo que s\u00f3lo se encuentra en el pensamiento del autor; basta con que el secuestrador lo tenga en mente para que se configure el secuestro. \u00bfY eso c\u00f3mo se demuestra en juicio? Pues a trav\u00e9s de indicios. Si los captores llevan armas, pasamonta\u00f1as, tel\u00e9fonos no registrados, o tienen casa de seguridad, no hace falta ser jurista para entender su prop\u00f3sito. Y con todo ello se pueden constituir una serie de pruebas presuncionales <em>iuris tantum<\/em>, previstas como v\u00e1lidas en el art\u00edculo 359 del <a href=\"http:\/\/www.diputados.gob.mx\/LeyesBiblio\/pdf\/CNPP_170616.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales<\/a>.<\/p>\n<p>Afortunadamente en Baja California, con todo y sus millones de habitantes, se tiene uno de los \u00edndices de secuestros m\u00e1s bajos del pa\u00eds, y desde diciembre 2013, los pocos incidentes registrados, han sido todos resueltos, todas las v\u00edctimas han regresado con su familia, y los secuestradores desarticulados y capturados. No obstante, la correcta aplicaci\u00f3n de la ley no deja de ser uno de los pilares m\u00e1s fuertes del combate a la impunidad, por lo que no est\u00e1 de m\u00e1s traer al caso, la reflexi\u00f3n que nos ocupa.<\/p>\n<p>Ver en peri\u00f3dico <a href=\"http:\/\/ed.el-mexicano.com.mx\/impreso\/Tijuana\/060618\/06-06-2018_TIJ_13AA.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">El Mexicano de fecha 6 de junio de 2018<\/a><\/p>\n<p>Twitter <a href=\"https:\/\/twitter.com\/AbrahamCortezB\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">@AbrahamCortezB<\/a><br \/>\n<a href=\"https:\/\/www.facebook.com\/derechopenal\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Facebook.com\/derechopenal <\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Es com\u00fan escuchar entre quienes ejercen y entre quienes aplican el Derecho, que para configurarse el delito de secuestro es indispensable acreditar que se haya solicitado un rescate, o mejor dicho, dinero a cambio de la&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":546,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"_links_to":"","_links_to_target":"","footnotes":""},"categories":[5],"tags":[],"class_list":["post-545","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-columnas-de-opinion"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/545","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=545"}],"version-history":[{"count":11,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/545\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":559,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/545\/revisions\/559"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/media\/546"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=545"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=545"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=545"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}