{"id":136,"date":"2017-11-14T23:52:03","date_gmt":"2017-11-14T23:52:03","guid":{"rendered":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/?p=136"},"modified":"2018-09-24T18:26:13","modified_gmt":"2018-09-24T18:26:13","slug":"muerte-sin-clemencia-el-homicidio-de-estado","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/muerte-sin-clemencia-el-homicidio-de-estado\/","title":{"rendered":"Homicidio de Estado"},"content":{"rendered":"<p>El d\u00eda 8 de noviembre de 2017 fue ejecutado el mexicano Rub\u00e9n C\u00e1rdenas Ram\u00edrez por el Estado de Texas, Estados Unidos, luego de una sentencia por secuestro, violaci\u00f3n y asesinato de Mayra Luna de 16 a\u00f1os de edad en 1997. Sobre esta clase de castigo hay opiniones encontradas: Ante un hecho impactante o determinada ola de criminalidad, algunos piden la instituci\u00f3n de la pena de muerte, mientras que cuando esta se aplica, otros ven en el sentenciado a una v\u00edctima del Estado para la que exigen clemencia. Incluso a veces se trata de los mismos actores, cuya opini\u00f3n cambia seg\u00fan la conveniencia electoral o el \u00e1nimo del momento.<\/p>\n<p>Este castigo se cree tan antiguo como el ser humano, sin registro alguno de su primera aplicaci\u00f3n. Sin embargo se ha documentado que en el reinado ingl\u00e9s de Enrique VIII se ejecut\u00f3 a 27,000 vagabundos; o que fue hasta el siglo XVIII, cuando Francia \u201chumaniz\u00f3\u201d la pena de muerte con la guillotina, que representaba ya, morir sin tortura, cocci\u00f3n, hoguera, ni descuartizamientos. En 1972 la Suprema Corte de Estados Unidos la consider\u00f3 inconstitucional, pero reformas posteriores permitieron una nueva ejecuci\u00f3n el 17 de enero de 1977. En M\u00e9xico, el \u00faltimo civil ejecutado fue en 1937, mientras que el \u00faltimo militar fusilado fue Jos\u00e9 Isa\u00edas Constante Laureano el 9 de agosto de 1961, aboli\u00e9ndose por completo en nuestra Constituci\u00f3n apenas en diciembre de 2005.<\/p>\n<p>Para definir nuestra propia opini\u00f3n, en principio distingamos tres cuestiones: 1. Si la persona cometi\u00f3 o no el delito; 2. Si el proceso mediante el cual se obtuvo sentencia fue adecuado, y 3. Si conviene o no aplicar pena de muerte como consecuencia de un delito. 1. En el caso de Rub\u00e9n C\u00e1rdenas, todos incluso el juez, desconocemos si fue o no autor de los delitos imputados, pues s\u00f3lo se cuenta con los medios de convicci\u00f3n que ofrecen las partes. 2. Respecto al proceso, sabemos que hubo fallas: No fue notificado el consulado mexicano cuando se detuvo, por ello su asesor\u00eda legal fue insuficiente y s\u00f3lo tras 22 horas de interrogatorio policial admiti\u00f3 su culpabilidad diciendo que estuvo drogado; y para colmo el Tribunal de Apelaciones neg\u00f3 hacer pruebas de ADN que ofreci\u00f3 la defensa para demostrar su inocencia. Todo ello nos regresa al punto primero: Nunca sabremos si fue o no culpable.<\/p>\n<p>3. Finalmente, sobre si conviene o no la pena de muerte, consideremos al menos tres aspectos m\u00e1s: A) Bajo el argumento de \u201cseguridad y combate a la reincidencia\u201d es cierto, el ejecutado nunca volver\u00e1 a delinquir. Sin embargo este desaf\u00edo se combate tambi\u00e9n con un buen sistema judicial y carcelario. Por otra parte, todo sistema jur\u00eddico razonable se dise\u00f1a con posibilidad de apelaci\u00f3n y de recursos constitucionales e internacionales, debido a que es tan falible como los humanos que lo ejercen. Estas fallas quedan absolutamente irreparables con la pena de muerte. Y el margen de error no es poco: El ser humano identifica patrones a\u00fan donde no los hay, lo que explica una poblaci\u00f3n mayormente de hispanos y afroamericanos en c\u00e1rceles de Estados Unidos, o de personas sin recursos en M\u00e9xico. No es que s\u00f3lo ellos delincan, sino que van a juicio quienes son policialmente seleccionados por estereotipo, y nadie nos asegura que esa selecci\u00f3n con error irreparable, no le toque a nuestros hijos, c\u00f3nyuge o a nosotros mismos. B) Sobre la necesidad de \u201cpenas ejemplares\u201d, est\u00e1 demostrado que en donde la pena de muerte ha sido abolida no aumentan los delitos a los que se asignaba. Buen ejemplo fue Reino Unido cuando suspendi\u00f3 esta pena de 1965 a 1970, con la conclusi\u00f3n de que no hab\u00eda relaci\u00f3n alguna entre la suspensi\u00f3n y alg\u00fan aumento en homicidios, por lo que se decidi\u00f3 abolirla de forma permanente. Es decir, ni siquiera era una pena necesaria. C) Finalmente, ante el argumento del \u201cderecho de las v\u00edctimas\u201d, desde junio 2016 en M\u00e9xico, la prisi\u00f3n permite a la v\u00edctima una mayor posibilidad de sanaci\u00f3n a trav\u00e9s del proceso restaurativo, el cual puede ser una necesidad b\u00e1sica para recuperar sus roles cotidianos y superar el da\u00f1o psicol\u00f3gico, lo que resulta imposible con s\u00f3lo quitar la vida al reo.<\/p>\n<p>Lo que no debe hacerse para decidir si se implementa un castigo, es limitarse al an\u00e1lisis de incidencia delictiva, porque se trata de otro tema muy diferente: Una cosa es discutir si se cometen cr\u00edmenes o no, y otra bien distinta es analizar o dise\u00f1ar cient\u00edficamente los mecanismos que sean m\u00e1s funcionales para combatirlos. Ha sido recurrente la irresponsabilidad -o al menos la ingenua desorientaci\u00f3n- legislativa, de suponer que redactando un texto legal con penas graves el asunto queda resuelto. Es una comodidad inadmisible, porque con apenas nociones de criminolog\u00eda o de historia, se sabe que esa tendencia aumenta el costo econ\u00f3mico y sobre todo el costo social que pagamos todos, a cambio de quedar un poco peor. Por ello concluimos que la pena de muerte es una medida disfuncional e innecesaria para la protecci\u00f3n de nuestros intereses fundamentales, que por el contrario, cuando no los lesiona, los pone en grave peligro.<\/p>\n<p>Enlace a publicaci\u00f3n de <a href=\"http:\/\/ed.el-mexicano.com.mx\/impreso\/Tijuana\/111417\/14-11-2017_TIJ_02C.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">peri\u00f3dico El Mexicano de fecha 14 noviembre 2017<\/a><\/p>\n<p>Enlace relacionado<\/p>\n<blockquote class=\"wp-embedded-content\" data-secret=\"uuAIHlpCKs\"><p><a href=\"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/populismo-punitivo\/\">Populismo punitivo<\/a><\/p><\/blockquote>\n<p><iframe loading=\"lazy\" class=\"wp-embedded-content\" sandbox=\"allow-scripts\" security=\"restricted\" style=\"position: absolute; clip: rect(1px, 1px, 1px, 1px);\" src=\"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/populismo-punitivo\/embed\/#?secret=uuAIHlpCKs\" data-secret=\"uuAIHlpCKs\" width=\"600\" height=\"338\" title=\"&#8220;Populismo punitivo&#8221; &#8212; Abraham Cortez Bernal\" frameborder=\"0\" marginwidth=\"0\" marginheight=\"0\" scrolling=\"no\"><\/iframe><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El d\u00eda 8 de noviembre de 2017 fue ejecutado el mexicano Rub\u00e9n C\u00e1rdenas Ram\u00edrez por el Estado de Texas, Estados Unidos, luego de una sentencia por secuestro, violaci\u00f3n y asesinato de Mayra Luna de 16 a\u00f1os&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":138,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"_links_to":"","_links_to_target":"","footnotes":""},"categories":[5],"tags":[],"class_list":["post-136","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-columnas-de-opinion"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/136","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=136"}],"version-history":[{"count":12,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/136\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":715,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/136\/revisions\/715"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/media\/138"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=136"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=136"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/cienciaspenales.info\/abrahamcortez\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=136"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}